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Productos / Seguros ACP

Salud

Conozca más sobre nuestros planes de Salud, pensados exclusivamente para el profesional de la ACP, con un sin número de beneficios para usted y su familia.

Glosario de Términos

Definiciones:

Para ayudarle a evaluar los beneficios de nuestros Planes de Seguros hemos definido una serie de conceptos, que al leerlos tendrán un significado específico para usted.

Accidente: Acción repentina, violenta y casual que actúa fuera de la voluntad del asegurado, y que estando en vigencia la póliza, le cause la pérdida de la vida o lesiones corporales que puedan ser determinadas por un médico.

Ambulancia: Vehículo especializado, legalmente autorizado y técnicamente equipado para urgencias médicas. Transporte de personas heridas en caso de accidentes, traumatismos o enfermedades graves.

Área de Cobertura: En seguros de vida, cualquier área geográfica en la cual la póliza tenga cobertura. En seguros de salud, se trata del área geográfica en donde se circunscribe la cobertura del servicio médico amparado en la póliza. Estas áreas pueden ser nacionales e internacionales, dependiendo el tipo de plan de seguros.

Anestesista: Es el especialista encargado de la aplicación y manejo de la anestesia durante procedimientos médicos que así lo requieran.

Atención Médica Domiciliaria: Visita y atención de un profesional médico a un paciente asegurado en su residencia, lugar de trabajo o sitio, siempre y cuando se encuentre en el perímetro de atención para este servicio.

Cobertura al 80%: Monto que asume la aseguradora como porcentaje de los gastos cubiertos por el plan, una vez que el asegurado completa el deducible. Es decir, el resultado de esta operación permite que la compañía asuma el 80% de los gastos y el asegurado el 20%, después de que éste haya pagado el deducible.

Co – Pago: Monto o porcentaje de los gastos cubiertos que todo asegurado debe pagar al proveedor de servicios médicos y hospitalarios antes de recibir los servicios descritos, si el plan así lo exige.

Cargos Usuales, Razonables y Acostumbrados: Costo o valor médico promedio por la prestación de servicios de salud, de acuerdo con el nivel general de precios de la región en donde se recibe el servicio médico.

Cirugía Ambulatoria: Procedimiento quirúrgico para el cual no se considera necesario permanecer en un centro médico más de 24 horas.

Cobertura Máxima de por vida: Máxima suma que pagará la Aseguradora por gastos médicos que surjan durante toda la vida del asegurado mientras la póliza se mantenga vigente.

Cirujano Principal: Profesional de la medicina, especializado en procedimientos quirúrgicos, quien es el responsable de la cirugía o intervención realizada a un asegurado.

Cirujano Asistente: Profesional de la medicina, especializado en procedimientos quirúrgicos, quien asiste al cirujano principal en la cirugía o intervención realizada a un asegurado, siempre y cuando así se requiera.

Como cualquier otra enfermedad: Se refiere a la forma de indemnizar los servicios que se cubrirán de acuerdo con lo estipulado para cada uno de ellos, de la manera como éstos se hubiesen pagado en la cobertura por enfermedad o accidente.

Cuarto Privado y Alimentación: Habitación de una sola cama, con facilidades y alimentación, que un centro hospitalario brinda al asegurado como servicio durante una hospitalización.

Cuarto Semi – Privado y Alimentación: Habitación de más de una cama, con facilidades y alimentación que un centro hospitalario brinda a los asegurados como servicio durante una hospitalización.

Cuarto de Cuidados Intensivos: Instalación hospitalaria específicamente diseñada para brindar el más alto nivel de cuidado médico a aquellos pacientes que están críticamente enfermos o lesionados. Este cuarto debe ser dotado de equipos especiales para la observación constante y continua del paciente.

Deducible: Monto o porcentaje que cada asegurado debe cubrir por cuenta propia antes de que la aseguradora brinde algún tipo de cobertura. El deducible tiene que ser satisfecho por persona, por cada año calendario o año póliza, según se establece en el plan de seguro.

Desorden Mental: Estado o condición causada por un trastorno mental, emocional o de conducta. El abuso de alcohol, drogas psicotrópicas, enervantes, alucinantes y demás drogas de uso prohibido o controlado no se incluyen en la categoría de Desorden Mental.

Enfermedad: Padecimiento, dolencia, malestar, desorden o condición física que se caracteriza por un conjunto reconocible de signos y síntomas que requieren tratamiento médico.

Enfermedad Crítica Detallada: En nuestros planes de seguros, sólo se considera como Enfermedad Crítica Detallada, las que se listan a continuación: fracturas, luxaciones, esguinces, heridas (sólo cortantes, corto punzantes, contusas y por armas de fuego), quemaduras, estado de choque o coma, pérdida de conocimiento u obnubilación, cuerpo extraño en ojos, oídos y nariz, deshidratación severa por vómito y/o diarrea, crisis asmática, cólico nefroureteral, cólico hepático, cólico biliar, retención aguda de orina, convulsiones hemorragias, trombosis, accidente cerebro – vascular, intoxicación aguda, reacciones alérgicas agudas por picaduras o mordeduras de animales, reacciones alérgicas agudas medicamentosas y alimentarias, mordeduras de animales, envenenamiento por mordedura o picadura de animales, angina de pecho de origen cardiaco, infarto agudo del miocardio, apendicitis, crisis hipertensivas e insuficiencia respiratoria severa aguda.

Enfermedad Congénita: Alteración del estado de salud fisiológico y/o morfológico en alguna parte, órgano o sistema del cuerpo que pudo haber sido heredada genéticamente, adquirida durante el embarazo o por dificultades en el parto, aunque se hagan evidentes al momento del nacimiento o después de varios años.

Gastos Misceláneos en el Hospital: Aquellos materiales, insumos, equipos médicamente necesarios para la atención de una enfermedad o lesión accidental dentro de un hospital, consultorio médico y facilidad de cuidados ambulatorios.

Honorario por Atención Médica en Consultorio: Se refiere a los honorarios que cobra el especialista o médico que atiende una consulta.

Hospital: Organización médica, con licencia otorgada por las autoridades de salud, encargada del cuidado y tratamiento de pacientes.

Inclusión Automática del Recién Nacido: Derecho automático a una cobertura completa de seguro de salud dado por la aseguradora para aquel recién nacido hijo de una madre asegurada principal o cónyuge cuyo embarazo haya sido cubierto por la compañía de seguro.

Laboratorios y Rayos X: Exámenes solicitados por un médico idóneo que permiten confirmar o diagnosticar padecimientos médicos.

Médico: Profesional legalmente autorizado para ejercer la medicina en el área geográfica donde ejerza dicha profesión. El médico debe proveer servicios únicamente dentro del alcance de su licencia.

Máximo Desembolso: Cantidad máxima por año, que como participación, pagará el asegurado sobre el gasto total cubierto por el plan de seguro después de haber cubierto el deducible.

Medicamentos: Drogas o sustancias esenciales que se administran con fines terapéuticos, prescritas por un especialista médico, y que se debe adquirir con receta médica.

Medicina Preventiva: Actividades médicas dirigidas a evitar, prevenir o controlar padecimientos de salud.

Niño Prematuro: Aquel bebé que nazca antes de las 37 semanas de gestación.

Padecimiento: Toda lesión, enfermedad o dolencia incluyendo enfermedades psiquiátricas.

Proveedor Fuera de la Red: Proveedor que brinda un servicio médico, hospitalario, exámenes o de insumos médicos que no haya negociado previamente con la aseguradora un contrato para dar servicios a la Red Mundial Health Care Network ACP (MHCN - ACP)

Red MHCN – ACP: Red de médicos, hospitales, clínicas, laboratorios y demás proveedores de servicios de salud que se encuentren inscritos en la lista vigente de proveedores designados para el plan de salud de la Autoridad del Canal de Panamá.

Reembolso: Pago contra presentación de facturas canceladas por el asegurado. El pago está sujeto a los beneficios contratados en el plan de seguros.

Recién Nacido: Bebé o neonato desde el nacimiento hasta cumplidos 28 días de vida.

Transplante: Procedimiento quirúrgico, médicamente necesario, efectuado durante el periodo de cobertura, mediante el cual se inserta en el cuerpo de una persona asegurada el órgano o tejido (o parte de uno de ellos), provenientes de un donante fallecido o vivo, requerido médicamente para sustituir una estructura enferma o restaurar una función corporal

Urgencia: Accidente o Enfermedad Crítica Detallada según lo definido anteriormente.

Visita Médica Intrahospitalaria: Visita de atención médica que realiza el doctor tratante o interconsultor al paciente asegurado estando hospitalizado.